jueves, 24 de julio de 2008


REACH



El REACH, esta palabra tan rara, es un Reglamento del Parlamento Europeo, que tiene relación con el registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y preparados químicos (Register, Evaluation, Autorisathion and restriction CHemicals)

¿Cuando empieza a ser vigente y de aplicación?
Pues, aunque parezca raro, ya entró en vigencia el año pasado, más exáctamente el 1 de junio de 2007, aunque fué aprobado meses atrás.

¿Para qué se ha creado?
Su principal objetivo es que se garantice un alto nivel de protección de la salud de las personas y del medio ambiente, por ello se ha instituido la obligación de realizar el registro de todas las sustancias químicas que se comercialicen dentro del territorio de la actual Unión Europea. Por lo que no se podrá comercial ninguna sustancia que no se encuentre registrada en el REACH.

¿Cuales son los principios en los que se basa el REACH?
El REACH ha atribuido a la industria la responsabilidad de gestionar los riesgos asociados a cada una de las sustancias químicas que se comercializan, y su fundamento básico es la responsabilidad de los fabricantes, importadores y usuarios intermedios de garantizar que únicamente se realiza la fabricación, venta o uso de sustancias que no afecten negativamente a la salud humana o al medio.
De este modo los usuarios y consumidores podrán disponer de una mayor información sobre los productos químicos y los riesgos que de ellos se derivan.

¿Exáctamente a que sustancias químicas les aplica?
Si no están específicamente excluidas en el REACH, la aplicación es a todas las sustancias químicas. Dichas exclusiones son las siguientes:
- Sustancias Radiactivas
- Sustancias sometidas a supervisión aduanera, en un depósito temporal o zona franca, siempre que no sean objeto de ningún tipo de tratamiento o transformación
- Sustancias intermedias no aisladas
- El Transporte de sustancias peligrosas
- Residos (a no ser que se hayan importado o comercializado)
- Además, los Estados miembros podrán prever excepciones por razones de defensa

Además, ciertos usos están exentos de parte de las obligaciones de REACH:

Las sustancias utilizadas en medicamentos humanos o veterinarios, así como en alimentos o piensos (incluidos aditivos alimentarios y aromatizantes), están exentas de los siguientes Títulos del Reglamento (siempre que estén regulados por su legislación sectorial):
- Título II: Registro
- Título V: Usuarios intermedios
- Título VI: Evaluación
- Título VII: Autorización

Los cosméticos y los productos sanitarios que se apliquen en contacto directo con el cuerpo humano, así como los medicamentos humanos o veterinarios y los alimentos o piensos (art. 2.6) están exentos del Título IV (Información en la cadena de suministro); pero sólo cuando se trate del producto terminado, destinado al usuario final.
Los biocidas y fitosanitarios que sean regulados por una normativa específica se consideran registrados (art. 15). En cuanto a las sustancias notificadas conforme a la Directiva 67/548/CEE, la notificación se considerará una solicitud de registro (art. 24).
Las sustancias cubiertas por los Anexos IV y V del Reglamento quedan exentas de los Títulos II, V y VI (art. 2.7).
Las sustancias intermedias aisladas tendrán unas normas de registro menos estrictas, debiendo presentar únicamente información específica sobre sus riesgos (ver artículos 17 y 18). Para más información, consultar el Manual de Orientación para Sustancias Intermedias.
Los polímeros están exentos de registro y evaluación (art. 2.9), pero no así sus monómeros constituyentes. Para más información, consultar el Manual de Orientación sobre Monómeros y Polímeros.
Además, las sustancias utilizadas para fines de investigación y desarrollo se rigen por normas especiales (art. 9).

Aquí tenéis el enlace para la descarga del Reglamento REACH.


Si necesitáis mas información o asesoramiento en la aplicación del REACH a vuestra empresa, podéis poneros en contacto con nosotros en e.trobada@gmail.com .


(Parte de la información que aparece en este artículo está extraida de la web del Centro REACH en España: http://reachinfo.es/centroreach/index.php )

(Imagen superior extraida de Flickr: http://www.flickr.com/photos/hine/162771981/ )

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